Quiénes somos
La Asociación Española de Economía tiene por objeto la promoción y difusión del conocimiento científico en Economía, mediante la organización de congresos, edición de publicaciones y, en general, cualquier otro medio encaminado a la anterior finalidad.
Entre sus actividades se encuentran la organización de un congreso anual, el Simposio de la Asociación Española de Economía (SAEe), la publicación de la revista SERIEs-Journal of the Spanish Economic Association y la coorganización del Mercado de Trabajo Europeo para jóvenes doctores en economía junto a la European Economic Association y a la Royal Economic Society. También cuenta con comités dedicados a la situación de la mujer en la economía (COSME), la economía industrial, la educación en economía y el fechado cíclico de la economía española.
Sus miembros son en su mayoría economistas académicos, afiliados a universidades y centros de investigación españoles y del resto del mundo. Cualquier persona que comparta los fines de la Asociación puede ser miembro y existe una cuota reducida para estudiantes. La Asamblea General de los miembros se reúne anualmente durante la celebración del Simposio. La AEE está regida por una Junta Directiva, cuyos vocales son elegidos anualmente por los miembros de la Asociación para un periodo de tres años. En el mismo acto se elige al Vicepresidente segundo, quien al año siguiente pasa a ser Vicepresidente primero, luego Presidente y finalmente Presidente saliente. La gestión diaria de la AEE está a cargo del Comité Ejecutivo, formado por el Presidente, los Vicepresidentes y el Presidente saliente, con el apoyo de un Secretario-Tesorero.
Historia de la AEE
La Asociación Española de Economía (AEE) nació en 1996 tras un período de gestación de algo más de un año. Desde su inicio fue beneficiaria de un capital que venía de lejos: la Revista Española de Economía (REE), que se transformaría más tarde en la Spanish Economic Review (SER), y el Simposio de Análisis Económico, del que muy pronto se responsabilizó.
La Revista Española de Economía nació en 1971, y en su primera época, aportó algunos grados de modernidad y publicó artículos originales de mérito, aunque siguió presentando algunas características comunes en la época. No existía un proceso de evaluación anónima, y se dedicaban abundantes páginas a las traducciones al castellano. Eventualmente dejó de publicarse, hasta que en 1984 inició una segunda etapa, muy distinta. En 1986 el Instituto de Estudios Fiscales me confió la dirección de la Revista. La llevé hasta el año 1999, ya transformada en la Spanish Economic Review. Esta etapa se inició con el objetivo de orientar la investigación económica en España en nuevas direcciones siguiendo dos líneas de actuación. La primera, instituir, por primera vez en España en el campo de la economía, la evaluación anónima por pares. La segunda, dejar las traducciones y estimular la producción de trabajos originales.
Con el paso de los años, el florecimiento de la investigación en España, la creciente capacidad de nuestros investigadores para publicar en revistas extranjeras, y el menguado interés de la administración pública por sostener una revista ya muy alejada de los intereses de sus funcionarios, nos llevó a sus responsables a emprender un nuevo camino, orientado a crear una revista de carácter plenamente internacional, apoyada por una asociación que recogiera al creciente número de economistas que participaban de su espíritu. La reunión del Consejo de dirección del año 95 perfiló la estrategia a seguir: empezar a negociar con editoriales extranjeras, y crear una asociación que pudiese recoger el testigo, ser titular de la nueva Revista y garantizar que los socios se beneficiasen de cuotas de suscripción adecuadas.
Así fue como los miembros del consejo de la REE decidimos constituir la AEE, bajo la primera presidencia de Andreu Mas Colell, comprar la marca Revista Española de Economía, cuyos derechos habían caducado, y publicar los últimos números de la REE mientras se iba preparando la llegada de la SER, que salió a la luz dos años más tarde, en 1998, y cuya dirección dejé en manos de Juanjo Dolado en 1999.
Muy pronto se planteó la posibilidad de que la AEE organizase su propia reunión anual, y por suerte no fue necesario partir de cero, sino todo lo contrario. Desde 1976, el Departamento de Teoría Económica de la Universitat Autónoma de Barcelona había venido organizando el Simposio de Análisis Económico. Esta reunión se había mantenido como un foro abierto y cita obligada de quienes iban incorporándose a la nueva forma de investigar en economía. El Simposio había adquirido una amplitud que hizo del todo natural que, tras veinticinco años, pasara a ser asumido por la recién nacida Asociación, y que su sede empezase a rotar por nuestros distintos centros de investigación.
Otra importante actividad de la Asociación Española de Economía, ligada al Simposio desde 1998, es el llamado Mercado de Trabajo de Nuevos Doctores. El Mercado de Trabajo nació con el propósito de apoyar e impulsar la contratación de doctores en economía ya sea por parte de instituciones tanto nacionales como extranjeras. El marco del Simposio permite que este mercado de trabajo funcione de forma más eficiente y que tenga mayor visibilidad e impacto.
Salvador Barberà, Miembro Fundador de la AEE
Junta Directiva
VOCALES
Miguel Almunia
CUNEF Universidad
Elegido hasta 2025
Dolors Berga
Universitat de Girona
Elegida hasta 2025
Maria Cubel
City University London
Elegida hasta 2026
Manuel García Santana
Universitat Pompeu Fabra
Elegido hasta 2024
Paula González
Universidad Pablo de Olavide
Elegida hasta 2024
Maia Güell
CUNEF Universidad
Elegida hasta 2026
Matthias Kredler
Universidad Carlos III de Madrid
Elegido hasta 2025
Juande Moreno-Ternero
Universidad Pablo de Olavide
Elegido hasta 2026
Anna Sanz de Galdeano
Universidad de Alicante
Elegida hasta 2024
Asambleas generales
La Asamblea General de Socios de la Asociación Española de Economía se reúne anualmente en diciembre durante la celebración del Simposio para decidir sobre los asuntos relevantes para la AEE.
ACTAS
Miembros de Honor
Máximo Camacho
Universidad de Murcia
Libertad González
Universitat Pompeu Fabra
Joan Llull
Universitat Autònoma de Barcelona
Víctor Aguirregabiria
University of Toronto
Francisco Alcalá
Universidad de Murcia
Jaime Alonso-Carrera
Universidade de Vigo
Javier Andrés
Universitat de València
Jose Apesteguia
Universitat Pompeu
Enriqueta Aragonès
Instituto de Análisis Económico
Manuel Arellano
CEMFI
Manuel Bagüés
Aalto University
Salvador Barberà
Universitat Autònoma de Barcelona
Samuel Bentolila
CEMFI
Carmen Beviá
Universitat Autònoma de Barcelona.
Olympia Bover
Banco de España
Jordi Caballé
Universitat Autònoma de Barcelona
Antonio Cabrales
University College London
Caterina Calsamiglia
Universitat Autònoma de Barcelona
Ramon Caminal
Instituto de Análisis Económico
José Manuel Campa
IESE
Raquel Carrasco
Universidad Carlos III de Madrid
Bruno Cassiman
IESE Business School
Antonio Ciccone
Universitat Pompeu Fabra
María Dolores Collado
Universidad de Alicante
Juan Carlos Conesa
Stony Brook University
Vicente Cuñat
London School of Economics
José M. Da Rocha
Universidade de Vigo
Ángel de la Fuente
Instituto de Análisis Económico
Sara de la Rica
Universidad del País Vasco, UPV/EHU
Elena del Rey
Universitat de Girona
Klaus Desmet
Universidad Carlos III de Madrid
Antonia Díaz
Universidad Carlos III de Madrid
Juan J. Dolado
European University Institute
Rafael Domenéch
Universitat de València & BBVA
Jan Eeckhout
Universitat Pompeu Fabra
María Paz Espinosa
Universidad del País Vasco, UPV/EHU
Joan M. Esteban
Instituto de Análisis Económico
Susanna Esteban
CEMFI
Natalia Fabra
Universidad Carlos III de Madrid
Rosa Ferrer
Universitat Pompeu Fabra
Xavier Freixas
Universitat Pompeu Fabra
Luisa Fuster
Universidad Carlos III de Madrid
Juan José Ganuza
Universitat Pompeu Fabra
Teresa Garcia-Milà
Universitat Pompeu Fabra
Javier Gardeazabal
Universidad del País Vasco, UPV/EHU
Albrecht Glitz
Universitat Pompeu Fabra
Jesús Gonzalo
Universidad Carlos III de Madrid
Arantza Gorostiaga
Universidad del País Vasco, UPV/EHU
Nezih Guner
Universitat Autònoma de Barcelona
Carmen Herrero
Universidad de Alicante
Carlos Hervés
Universidade de Vigo
Laura Hospido
Banco de España
Nagore Iriberri
Universidad del País Vasco, UPV/EHU
Juan Francisco Jimeno
Banco de España
Tim Kehoe
University of Minnesota
Omar Licandro
Instituto de Análisis Económico
Humberto Llavador
Universitat Pompeu Fabra
Gerard Llobet
CEMFI
Matilde Machado
Universidad Carlos III de Madrid
Inés Macho
Universitat Autònoma de Barcelona
Monica Martinez Bravo
CEMFI
Albert Marcet
Instituto de Análisis Económico
Ramon Marimon
European University Institute
Núria Mas
IESE Business School
Andreu Mas-Colell
Universitat Pompeu Fabra
Jordi Massó
Universitat Autònoma de Barcelona
Laura Mayoral
Institute for Economic Analysis (IAE-CSIC)
Claudio Michelacci
Einaudi Institute for Economics and Finance
Pedro Mira
CEMFI
Juan D. Moreno Ternero
Universidad Pablo Olavide
Ana Moro
Universidad de Granada
Alfonso Novales
Universidad Complutense de Madrid
Judith Panadès
Universitat Autònoma de Barcelona
David Pérez-Castrillo
Universitat Autònoma de Barcelona
Gabriel Pérez Quirós
Banco de España
Josep Pijoan
CEMFI
Diego Puga
CEMFI
Xavier Raurich
Universitat de Barcelona
Rafael Repullo
CEMFI
Pedro Rey Biel
ESADE
Marta Reynal Querol
Universitat Pompeu Fabra
Víctor Ríos Rull
University of Minnesota
Juan Rubio-Ramírez
Emory University
Vicente Salas
Universidad de Zaragoza
Virginia Sánchez Marcos
Universidad de Cantabria
Joel Sandonís
Universidad de Alicante
Enrique Sentana
CEMFI
Amparo Urbano
Universitat de València.
Jesús Vázquez
Universidad del País Vasco, UPV/EHU
Fernando Vega
European University Institute
Carolina Villegas
ESADE
Xavier Vives
IESE Business School
Colaboradores Institucionales
Las actividades de la Asociación Española de Economía se benefician de la colaboración de instituciones comprometidas con la investigación en economía desarrollada en España.
Patrocinadores Institucionales
Estatutos de la AEE
CAPÍTULO I.- Denominación, fines, actividades, domicilio y ámbito.
ARTÍCULO 1.
Con la denominación ASOCIACIÓN ESPAÑOLA DE ECONOMÍA-SERIEs se constituye una asociación por tiempo indefinido que, al amparo del Art. 22 de la Constitución, desarrollará sus actividades de conformidad con lo establecido en la Ley Orgánica 1/2002 de 22 de Marzo y por los presentes Estatutos.
ARTÍCULO 2.
Constituye el fin de la Asociación la promoción y difusión del conocimiento científico en Economía.
A tal efecto, realizará las siguientes actividades: la organización de congresos, edición de publicaciones científicas y, en general, cualesquiera otras encaminadas a la anterior finalidad. Entre dichas actividades se encuentran concretamente la edición de la revista SERIEs-Journal of the Spanish Economic Association, la organización del Simposio de la Asociación Española de Economía, así como del Mercado de Trabajo para Doctores en Economía que se viene realizando de manera simultánea.
ARTÍCULO 3.
El domicilio de la Asociación en establece en el Departamento de Fundamentos del Análisis Económico II de la Universidad del País Vasco, Avda. Lehendakari Aguirre 83, 48015 Bilbao. No obstante, dicho domicilio podrá ser modificado mediante acuerdo de la Asamblea de la Asociación.
La Asociación realizará principalmente sus actividades en todo el Estado.
CAPÍTULO II. – Miembros de la Asociación: derechos y obligaciones.
ARTÍCULO 4.
Pueden formar parte de la Asociación todas las personas mayores de edad que por su formación y actividad profesional o académica se dediquen al estudio de la economía. Para su ingreso en la Asociación, deberán presentar solicitud escrita a la Junta Directiva, la cual tomará la correspondiente resolución en la primera reunión que celebre y dará cuenta de la misma a la Asamblea General de celebración más inmediata.
ARTÍCULO 5.
Son derechos de los miembros de la Asociación:
1) Asistir con voz y voto a las reuniones de la Asamblea General.
2) Elegir o ser elegidos para ostentar cargos directivos o de representación.
3) Ejercer la representación que en cada caso se les confiera.
4) Intervenir en los servicios y actividades de la Asociación de conformidad con la Ley y los Estatutos.
5) Exponer a la Asamblea y a la Junta cuantos asuntos consideren puedan contribuir al desarrollo de la vida de la Asociación y la eficaz realización de sus fines básicos.
6) Recibir información sobre las actividades de la Asociación y formar parte de los grupos de trabajo que se creen.
7) Poseer un ejemplar de los presentes Estatutos.
8) Ser informado acerca de la composición de los órganos de gobierno y representación de la asociación, de su estado de cuentas y del desarrollo de su actividad.
9) Ser oído con carácter previo a la adopción de medidas disciplinarias contra él y a ser informado de los hechos que den lugar a tales medidas, debiendo ser motivado el acuerdo que, en su caso, imponga la sanción.
10) Impugnar los acuerdos de los órganos de la asociación que estime contrarios a la ley o a los Estatutos.
ARTÍCULO 6.
Los miembros de la Asociación estarán obligados a:
1) Ajustar su actuación a las normas estatutarias.
2) Cumplir los acuerdos de la Asamblea y las resoluciones de la Junta Directiva.
3) Satisfacer puntualmente las cuotas, derramas y otras aportaciones que se establezcan.
4) Mantener la colaboración precisa para el buen funcionamiento de la Asociación.
ARTÍCULO 7.
Son motivos que producen la baja de un miembro en la Asociación los siguientes:
1) La solicitud de la persona interesada, quien lo comunicará por escrito a la Junta Directiva. la cual tomará la correspondiente resolución en la primera reunión que celebre y dará cuenta de la misma a la Asamblea General de celebración más inmediata.
2) El impago de cuotas.
3) El incumplimiento de las obligaciones estatutarias. En este caso, se acordará por la Junta Directiva la apertura del oportuno expediente en el que, tras oír al interesado y practicar las diligencias correspondientes, se resuelva si procede o no acordar la exclusión del socio o la separación temporal del mismo. Los acuerdos de la Junta Directiva se notificarán al interesado que podrá recurrir en alzada ante la Asamblea General dentro de un plazo de 15 días contados a partir de la fecha de la notificación.
CAPÍTULO III.- Asamblea General.
ARTÍCULO 8.
1) La Asamblea General es el órgano supremo de la Asociación; sus miembros forman parte de aquélla por derecho propio e irrenunciable.
2) Los miembros de la Asociación, reunidos en Asamblea General legalmente constituida, decidirán por mayoría los asuntos que sean de competencia de la misma.
3) Todos los miembros quedarán sujetos a los acuerdos de la Asamblea General, incluidos los ausentes, los que discrepen y los presentes que se hayan abstenido en la votación.
ARTÍCULO 9.
La Asamblea General tiene las siguientes facultades:
a) Modificación de los Estatutos de la Asociación.
b) Control de la actividad y gestión de la Junta Directiva.
c) Aprobación de los Presupuestos anuales de gastos e ingresos, de las cuentas anuales y de la memoria anual de actividades.
d) Elección, separación y sustitución de los miembros de la Junta Directiva.
e) Fijación de las líneas generales de actuación que permitan cumplir los fines de la Asociación.
f) Fijación de las cuotas, derramas y otras aportaciones a satisfacer por los miembros de la Asociación.
g) La disolución y liquidación de la Asociación.
h) Las demás que le atribuyan la ley o los presentes estatutos.
La relación de las facultades que se efectúa en este artículo tiene un carácter meramente enunciativo y no limita las atribuciones de la Asamblea General.
ARTÍCULO 10.
1) La Asamblea General se reunirá en sesión ordinaria como mínimo una vez al año.
2) La Asamblea General se reunirá con carácter extraordinario siempre que sea menester, a instancias de la Junta Directiva o bien cuando lo solicite un número de miembros de la Asociación que represente, como mínimo, un 10% de la totalidad; en este último caso, la Asamblea se reunirá en un plazo no superior a veinte días a contar desde la recepción de la anterior solicitud por parte de la Junta Directiva.
ARTÍCULO 11.
1) La convocatoria de las Asambleas Generales, tanto las ordinarias como las extraordinarias, se hará por escrito. Los anuncios de la convocatoria se colocarán en los lugares que se determine con una antelación mínima de diez días. La convocatoria se dirigirá también individualmente a todos sus miembros. La convocatoria especificará el día, la hora y el lugar de la reunión así como el orden del día.
2) Las reuniones de la Asamblea General, serán presididas por el Presidente de la Asociación. Si no está presente, lo sustituirá el Vicepresidente Primero o, en su ausencia, el Vicepresidente Segundo o, en ausencia de éste, el Presidente Saliente, o en su defecto, el vocal de más edad de la Junta. Actuará como Secretario quien ocupe el mismo cargo en la Junta Directiva.
3) El Secretario redactará el acta de cada reunión, con un extracto de las deliberaciones, el texto de los acuerdos que se hayan adoptado y el resultado numérico de las votaciones.
Al comienzo de cada reunión de la Asamblea General se someterá a su aprobación el acta de la sesión anterior. Durante los cinco días anteriores a la celebración de la Asamblea, el acta y cualquier otro documento que figure en el orden del día de la Asamblea deberán estar a disposición de los miembros de la asociación en el domicilio social.
ARTÍCULO 12.
La Asamblea quedará constituida válidamente en primera convocatoria con la asistencia de un mínimo de un 25% de los socios, presentes o representados.
Quedará válidamente constituida en segunda convocatoria, cualquiera que sea el número de socios presentes o representados. La segunda convocatoria deberá anunciarse junto con la primera y se celebrará en el mismo lugar y media hora después de la prevista para la primera.
Cualquier miembro de la Asociación podrá delegar su asistencia y voto en la Asamblea mediante comunicación escrita dirigida al Presidente de la Junta. El representado podrá hacer constar, si lo desea, su intención de voto en el escrito de delegación.
ARTÍCULO 13.
1) En las reuniones de la Asamblea General, corresponderá un voto a cada miembro de la Asociación, presente o representado.
2) Como regla general, los Acuerdos se tomarán por mayoría simple de votos emitidos en la Asamblea.
3) Para adoptar acuerdos para la separación de miembros de la Asociación, la modificación de los Estatutos, la disolución de la Asociación, la constitución de una federación de asociaciones similares o la integración en otra ya existente, se requerirá un número de votos equivalente a dos terceras partes de los emitidos.
CAPÍTULO IV – LA Junta Directiva.
ARTÍCULO 14.
1) La Junta Directiva regirá, administrará y representará a la Asociación y estará formada por:
- a) El Presidente
- b) El Vicepresidente Primero
- c) El Vicepresidente Segundo
- d) El Presidente Saliente
- e) El Secretario
- f) El Tesorero
- g) Los Vocales
2) Exceptuando al Secretario y Tesorero, cuyo nombramiento se rige por lo dispuesto en el artículo 24 de estos estatutos, la elección de los miembros de la Junta Directiva se hará por votación de la Asamblea General. Salvo que se acuerde otra cosa, la Junta Directiva constará de doce miembros más el Secretario y Tesorero, que serán miembros natos. También corresponderá a la Asamblea General el nombramiento del Presidente y del Vicepresidente de acuerdo con el artículo 20 de estos estatutos.
3) El ejercicio de todos los cargos será gratuito.
ARTÍCULO 15.
1) Los miembros de la Junta Directiva ejercerán el cargo durante un período de tres años, con renovación parcial por tercios cada año.
2) El cese de los cargos antes de extinguirse el plazo reglamentario de su mandato podrá producirse en los siguientes supuestos:
- a) Dimisión voluntaria mediante la presentación de un escrito motivado.
- b) Enfermedad que incapacite para el ejercicio del cargo.
- c) Baja como miembro de la Asociación.
- d) Separación por una falta o desatención cometida en el ejercicio del cargo, acordada según lo establecido en los artículos 7.3 y 13.3 de estos Estatutos.
Las vacantes que se produzcan en la Junta Directiva se cubrirán en la primera Asamblea que tenga lugar. En el ínterin, un miembro de la Asociación, por designación de la Junta Directiva, podrá ocupar provisionalmente el cargo vacante.
ARTÍCULO 16.
La Junta Directiva tiene las siguientes facultades:
a) Representar, dirigir y administrar la Asociación de la forma más amplia reconocida por la Ley, y ejecutar y hacer cumplir las decisiones tomadas por la Asamblea General, de acuerdo con las normas, instrucciones y directrices que esta Asamblea establezca.
b) Tomar los acuerdos necesarios en relación a la representación de la Asociación ante los Organismos Públicos y para ejercer todo tipo de acciones legales e interponer los recursos pertinentes.
c) Proponer a la Asamblea General la defensa de los intereses de la Asociación.
d) Proponer a la Asamblea General las cuotas, derramas o aportaciones a satisfacer por los miembros de la Asociación.
e) Convocar las Asambleas Generales.
f) Presentar el Balance y el Estado de Cuentas de cada Ejercicio a la Asamblea General para su aprobación y confeccionar los Presupuestos del Ejercicio siguiente.
g) Elaborar la Memoria anual de actividades y someterla a la aprobación de la Asamblea General.
h) Contratar los empleados de la Asociación.
i) Inspeccionar la contabilidad y velar por el normal funcionamiento de los servicios de la Asociación.
j) Establecer grupos de trabajo para conseguir de la forma más eficiente y eficaz los fines de la Asociación, y autorizar los actos que estos grupos proyecten realizar, nombrando los miembros de la Junta Directiva que habrán de encargarse de cada uno de dichos grupos.
k) Nombrar una Comisión Ejecutiva de la propia Junta Directiva, que estará necesariamente integrada por los miembros de la misma que ostenten los cargos de Presidente, Vicepresidente Primero, Vicepresidente Segundo, Tesorero y Secretario de la Junta y los antiguos Presidentes que sean miembros de la Junta Directiva. También podrá designar ésta libremente de entre sus miembros otras personas que formen parte de la Comisión. La Comisión Ejecutiva tendrá aquellas facultades que expresamente le delegue la Junta Directiva, salvo las que por Ley resulten indelegabless.
l) Llevar a cabo las gestiones necesarias ante los Organismos Públicos, entidades y otras personas para conseguir todo tipo de licencias, permisos, subvenciones y ayudas.
m) Abrir cuentas corrientes y libretas de ahorro en cualquier establecimiento de crédito o de ahorro y disponer de los fondos correspondientes.
n) Interpretar los Estatutos y resolver provisionalmente cualquier caso no previsto en los mismos, rindiendo de ello cuentas a la primera Asamblea General que se celebre.
o) Cualquier otra facultad que no esté atribuida de forma específica a otro órgano de gobierno de la Asociación o que le haya sido delegada expresamente.
ARTÍCULO 17.
La Junta Directiva será convocada por el Presidente, por decisión propia o a solicitud de un tercio al menos de sus miembros. Deberá reunirse cuando menos una vez cada seis meses.
ARTÍCULO 18.
La Junta Directiva quedará constituida válidamente siempre que a la misma asistan la mitad más uno de sus miembros.
La Junta Directiva tomará sus acuerdos por mayoría simple de los asistentes.
Para la creación de una Comisión Ejecutiva y la delegación de facultades en la misma será preciso el voto favorable de dos tercios de los componentes de la Junta.
ARTÍCULO 19.
Los acuerdos de la Junta Directiva se harán constar en el Libro de Actas. Al inicio de cada reunión de la Junta Directiva se someterá a su aprobación el acta de la sesión anterior.
CAPÍTULO V.- El Presidente y los Vicepresidentes de la Asociación.
ARTÍCULO 20.
El Presidente, el Vicepresidente Primero y el Vicepresidente Segundo de la Junta Directiva lo serán también de la Asociación. El Vicepresidente Segundo será elegido para el siguiente ejercicio por la Asamblea General, de entre los miembros de la Asociación, y de forma que, al cumplirse el mandato de un año, el Vicepresidente Segundo sustituirá de forma automática al Vicepresidente Primero. A su vez, el Vicepresidente Primero sustituirá de forma automática al Presidente, quien cesará simultáneamente en dicho cargo -sin perjuicio de seguir como miembro de la Junta Directiva como Presidente Saliente.
Son propias del Presidente, las siguientes funciones:
a) La dirección y representación legal de la Asociación, por delegación de la Asamblea General y de la Junta Directiva.
b) La presidencia y la dirección de los debates, tanto de la Asamblea General como de la Junta Directiva.
c) Emitir un voto de calidad o dirimente en los casos de empate en las votaciones de la Junta.
d) Convocar las reuniones de la Asamblea General en nombre de la Junta Directiva de acuerdo con el artículo 16.e) de los estatutos., asi como las reuniones de la Junta Directiva.
e) Visar las actas y certificados confeccionados por el Secretario de la Asociación.
f) Las atribuciones restantes propias del cargo y que le sean delegadas por la Asamblea General o la Junta Directiva.
ARTÍCULO 21.
El Presidente será sustituido, en caso de ausencia o enfermedad, por el Vicepresidente Primero o, en su ausencia, por el Vicepresidente Segundo o, en caso de ausencia también de éste, por el Presidente Saliente, o en su defecto, por el Vocal de más edad de la Junta.
CAPITULO VI.- El Tesorero y el Secretario.
ARTÍCULO 22.
El Tesorero tendrá como función la custodia y el control de los recursos de la Asociación, así como también la elaboración del Presupuesto, el Balance y la liquidación de cuentas. Llevará un Libro de Caja. Firmará los recibos de cuotas y otros documentos de tesorería. Pagará las facturas visadas previamente por el Presidente. Ingresará el sobrante en depósitos abiertos a nombre de la Asociación en establecimientos de crédito o de ahorro.
ARTÍCULO 23.
El Secretario tiene que custodiar la documentación de la Asociación; levantar, redactar y firmar las actas de las reuniones de la Asamblea General y de la Junta Directiva; redactar y autorizar las certificaciones que deban librarse, y también llevar el Libro Registro de Socios y de Actas.
ARTÍCULO 24.
Los cargos de Tesorero y Secretario serán libremente designados por la Junta Directiva de entre los miembros de la Asociación, pudiendo recaer ambos cargos en una misma persona. Ambos ejercerán su cargo por un periodo de cuatro años prorrogable, si así lo decide la Junta Directiva.
CAPÍTULO VII – Las comisiones o grupos de trabajo.
ARTÍCULO 25.
La creación y constitución de cualquier comisión o grupo de trabajo será propuesta a la Junta Directiva por los miembros de la Asociación que quieran integrarlos, dando explicación de las actividades que se propongan realizar.
La Junta Directiva aprobará su constitución, salvo que exista el voto contrario de cuatro quintas partes de sus miembros. Designará también a uno de sus miembros como encargado del seguimiento de la comisión o grupo en cuestión y de la redacción de los correspondientes informes dirigidos a la Junta Directiva.
CAPÍTULO VIII.- Régimen económico.
ARTÍCULO 26.
Esta Asociación no tiene patrimonio fundacional.
ARTÍCULO 27.
El presupuesto anual de la Asociación se basará en las cuotas de los asociados y en posibles donaciones de instituciones.
ARTÍCULO 28.
Los recursos económicos de la Asociación consistirán en:
a) Las cuotas, derramas o aportaciones que fije la Asamblea General a satisfacer por los miembros de la Asociación.
b) Las subvenciones oficiales o de particulares.
c) Las donaciones, herencias o legados.
d) Las rentas del patrimonio de la Asociación o cualesquiera otros ingresos que pudieran obtenerse.
ARTÍCULO 29.
Todos los miembros de la Asociación contribuirán al sostenimiento económico de la misma, mediante cuotas, derramas o aportaciones en la forma y en la proporción que determine la Asamblea General a propuesta de la Junta Directiva.
La Asamblea General podrá establecer cuotas ingreso, cuotas periódicas ordinarias -que se abonarán meses, trimestres o semestres, según lo que disponga Junta Directiva- y cuotas extraordinarias o derramas.
ARTÍCULO 30.
El ejercicio económico coincidirá con el año natural y quedará cerrado el treinta y uno de diciembre. La Asociación dispondrá de una relación actualizada de sus afiliados. Al final de cada ejercicio, la Junta Directiva redactará una memoria de actividades y confeccionará un balance y estado de ingresos y gastos con referencia al ejercicio anterior, del que se deduzca, con claridad y exactitud, la situación económica de la Asociación. Asimismo, confeccionará un presupuesto para el siguiente ejercicio, con indicación de las fuentes de financiación y, específicamente, de las cuotas ordinarias o, en caso necesario, las derramas extraordinarias que sería necesario recaudar para atender a los compromisos de la Asociación. El Balance, estado de ingresos y gastos y presupuestos se someterán a la aprobación de la Asamblea Ordinaria. Los asociados podrán acceder a toda la documentación que se relaciona en este apartado.
ARTÍCULO 31.
En las cuentas corrientes o libretas de ahorro abiertas en establecimientos de crédito o de ahorro a nombre de la Asociación, se hará constar expresamente que para operar en las mismas y disponer de sus fondos será preceptiva la firma de dos miembros de la Junta Directiva, una de las cuales deberá ser necesariamente la del Presidente o la del Tesorero.
CAPÍTULO IX.- La disolución.
ARTÍCULO 32.
La Asociación podrá ser disuelta si lo acuerda la Asamblea General, convocada con carácter extraordinario y expresamente para este fin.
ARTÍCULO 33.
1) Una vez acordada la disolución, la Asamblea General tomará las medidas oportunas respecto al destino de los bienes y derechos de la Asociación, así como respecto a la finalidad, extinción y liquidación de cualquier operación pendiente.
2) La Asamblea está facultada para nombrar una Comisión Liquidadora siempre que lo considere oportuno; de no efectuarse tal nombramiento, las funciones liquidatorias quedarán confiadas a la Junta Directiva.
3) Los miembros de la Asociación estarán exentos de responsabilidad personal. Su responsabilidad quedará limitada a cumplir con las obligaciones que ellos mismos hayan contraído voluntariamente.
4) El remanente neto que resulte de la liquidación se entregará directamente a la entidad pública o privada sin ánimo de lucro que, en el ámbito territorial de actuación de la Asociación, se haya caracterizado más en su obra a favor de la promoción y difusión de estudios científicos de Economía.
Estos estatutos fueron modificados en la Asamblea de la Junta Directiva de la Asociación Española de Economía, celebrada el jueves 14 de diciembre del 2006 a las 19:15 h para adecuarse a la nueva Ley Orgánica de Asociaciones 1/2002.
En Bilbao, a 15 de diciembre de 2006
Olimpiada de Economía
Código de Conducta Profesional
La Asociación Española de Economía (AEE) tiene por objeto la promoción y difusión del conocimiento científico en Economía, mediante la organización de congresos, edición de publicaciones y, en general, cualquier otro medio encaminado a la anterior finalidad.
Este objetivo requiere un compromiso con los valores fundamentales de la AEE: la integridad intelectual y profesional, honestidad, responsabilidad y transparencia. Este documento establece el siguiente Código de Conducta Profesional para todos los miembros de la AEE:
- Los miembros de la AEE tendrán un comportamiento ético, íntegro y honesto en todas sus actividades profesionales.
- Los miembros de la AEE deben comportarse de forma que fomenten la libre expresión e intercambio de ideas científicas. Esto requiere un entorno inclusivo y respetuoso en el que las ideas se consideren por su propio mérito.
- Los miembros de la AEE no deben incurrir en discriminación en sus actividades, ya sea por motivos de edad, género, raza, etnia, origen nacional, religión, condición social, orientación sexual, discapacidad, estado de salud, estado civil, condición parental, condición genética o física, afiliación política, ideología o filiación.
- Los miembros de la AEE no deben acosar a ninguna persona. El acoso incluye, pero no se limita a, la conducta no deseada que crea un ambiente de trabajo que una persona razonable consideraría degradante, intimidante, abusivo, hostil u ofensivo. El acoso sexual incluye la solicitación sexual explícita, aproximación física, o implícita, verbal o no verbal, no deseada. El acoso racial incluye la atención o el ataque innecesario, exagerado o injustificado, ya sea verbal o no verbal, debido a la raza o el origen étnico de una persona.
- En lo que respecta a las personas sobre las que los miembros de la AEE tienen autoridad directa o indirecta de supervisión, evaluación u otra, los miembros de la AEE no deben utilizar su posición para coaccionar o manipular, explícita o implícitamente, a dicha persona para obtener ventajas personales, económicas o profesionales.
Recursos para Economistas
Becas y Empleo
- EconJobMarket.org: Facilita el flujo de información en el Mercado de Trabajo de Economistas centralizando los anuncios de vacantes y la información proporcionada por los candidatos.
- INOMICS: Recopila información de ofertas de empleo y becas pre y postdoctorales en instituciones de todo el mundo.
- Economics Research Network Professional Job Openings: Contiene información de ofertas de empleo para economistas con formación de postgrado.
- Job Openings for Economists (JOE): Página web con ofertas de empleo para economistas mantenida por American Economic Association y actualizada mensualmente.
- Trabajos de investigación y ayudas del Banco de España
Bases de Datos Españolas
- Banco de España
- Consejo General del Notariado
- Comisión Nacional del Mercado de Valores
- Encuesta de Salud, Envejecimiento y Jubilación en Europa (SHARE)
- Fundación SEPI, Encuesta sobre Estrategias Empresariales
- Instituto de Estudios Fiscales
- Instituto Nacional de Estadística
- Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones
- Eustat-Instituto Vasco de Estadística
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Juntas Directivas pasadas
Presidenta: Natalia Fabra
Vicepresidenta 1º: Nagore Iriberri
Vicepresidenta 2º: Lola Collado
Presidente Saliente: Vicente Cuñat
Secretario y Tesorero: Javier Hualde
Vocales:
Miguel Almunia
Dolors Berga
Máximo Camacho
Manuel García Santana
Paula González
Libertad González
Matthias Kredler
Joan Llull
Anna Sanz de Galdeano
Presidente: Vicente Cuñat
Vicepresidenta 1º: Natalia Fabra
Vicepresidenta 2º: Nagore Iriberri
Presidenta Saliente: Luisa Fuster
Secretario y Tesorero: Javier Hualde
Vocales:
Máximo Camacho
Manuel García Santana
Paula González
Libertad González
Joan Llull
Mónica Martínez Bravo
Ana Moro Ejido
Joel Sandonís
Anna Sanz de Galdeano
Presidenta: Luisa Fuster
Vicepresidente 1º: Vicente Cuñat
Vicepresidenta 2º: Natalia Fabra
Presidente Saliente: David Pérez-Castrillo
Secretario y Tesorero: Jaime Alonso-Carrera
Vocales:
Máximo Camacho
Antonia Díaz
Libertad González
Joan Llull
Mónica Martínez Bravo
Ana Moro Ejido
Joel Sandonís
Elena del Rey
Carolina Villegas
Presidente: David Pérez-Castrillo
Vicepresidenta 1º: Luisa Fuster
Vicepresidente 2º: Vicente Cuñat
Presidente Saliente: Nezih Guner
Secretario y Tesorero: Jaime Alonso-Carrera
Vocales:
Antonia Díaz
Rosa Ferrer
Mónica Martínez Bravo
Ana Moro Ejido
Xavier Raurich
Joel Sandonís
Pedro Rey-Biel
Elena del Rey
Presidente: David Pérez-Castrillo.
Vicepresidenta 1º: Carmen Bevia
Vicepresidenta 2º: Luisa Fuster
Presidente Saliente: Nezih Guner
Secretario y Tesorero: Jaime Alonso-Carrera
Vocales:
Antonia Díaz
Natalia Fabra
Rosa Ferrer
Laura Hospido
Josep Pijoan
Xavier Raurich
Pedro Rey-Biel
Elena del Rey
Carolina Villegas
Presidente: Nezih Guner
Vicepresidente 1º: David Pérez-Castrillo
Vicepresidenta 2º: Luisa Fuster
Presidente Saliente: Juan Francisco Jimeno
Secretario y Tesorero: Jaime Alonso-Carrera
Vocales:
José Apesteguia
Susanna Esteban
Natalia Fabra
Rosa Ferrer
Laura Hospido
Laura Mayoral
Josep Pijoan
Xavier Raurich
Pedro Rey-Biel
Presidente: Juan Francisco Jimeno
Vicepresidente 1º: David Pérez-Castrillo
Vicepresidente 2º: Rafael Repullo
Presidenta Saliente: Luisa Fuster
Secretaria y Tesorera: Judith Panadés
Vocales:
José Apesteguía
Lola Collado
Vicente Cuñat
Susanna Esteban
Natalia Fabra
Laura Hospido
Nagore Iriberri
Laura Mayoral
Josep Pijoan
Presidente: Rafael Repullo
Vicepresidente 1º: Juan Francisco Jimeno
Vicepresidente 2º: Nezih Guner
Presidente Saliente: Samuel Bentolila
Secretaria y Tesorera: Judith Panadés
Vocales:
José Apesteguía
Lola Collado
Vicente Cuñat
Klaus Desmet
Susanna Esteban
Nagore Iriberri
Gerard Llobet
Matilde Machado
Laura Mayoral
Presidente: Samuel Bentolila
Vicepresidente 1º: Rafael Repullo
Vicepresidente 2º: Juan Francisco Jimeno
Presidenta Saliente: Teresa García-Milà
Secretaria y Tesorera: Judith Panadés
Vocales:
Manuel Bagues
Lola Collado
Vicente Cuñat
Klaus Desmet
Luisa Fuster
Nagore Iriberri
Gerard Llobet
Matilde Machado
Jesús Vázquez
Presidenta: Teresa García-Milà
Vicepresidente 1º: Samuel Bentolila
Vicepresidente 2º: Rafael Repullo
Presidente Saliente: Jordi Caballé
Secretaria y Tesorera: Judith Panadés
Vocales:
Manuel Bagues
Caterina Calsamiglia
Klaus Desmet
Luisa Fuster
Jesús Gonzalo
Gerard Llobet
Matilde Machado
Diego Puga
Jesús Vázquez
Presidente: Jordi Caballé
Vicepresidenta 1º: Teresa Garcia-Milà
Vicepresidente 2º: Samuel Bentolila
Presidenta Saliente: Olympia Bover
Secretaria y Tesorera: Arantza Gorostiaga
Vocales:
Jaime Alonso
Manuel Bagues
Caterina Calsamiglia
Luisa Fuster
Jesús Gonzalo
Nezih Guner
Pedro Mira
Diego Puga
Jesús Vázquez
Presidenta: Olympia Bover
Vicepresidente 1º: Jordi Caballé
Vicepresidenta 2º: María Paz Espinosa
Presidenta Saliente: Luisa Fuster
Secretaria y Tesorera: Arantza Gorostiaga
Vocales:
Jaime Alonso
Caterina Calsamiglia
Jan Eeckhout
Jesús Gonzalo
Nezih Guner
Núria Mas
Pedro Mira
Diego Puga
Virginia Sánchez Marcos
Presidenta: María Paz Espinosa
Vicepresidenta 1º: Olympia Bover
Vicepresidenta 2º: Nagore Iriberri
Presidenta Saliente: Amparo Urbano
Secretaria y Tesorera: Arantza Gorostiaga
Vocales:
Jaime Alonso
Bruno Cassiman
Jan Eeckhout
Juan José Ganuza
Nezih Guner
Núria Mas
Pedro Mira
Marta Reynal-Querol
Virginia Sánchez Marcos
Presidenta: Amparo Urbano
Vicepresidenta: María Paz Espinosa
Presidente Saliente: Antonio Cabrales
Secretaria y Tesorera: Arantza Gorostiaga
Vocales:
Enriqueta Aragonès
Raquel Carrasco
Bruno Cassiman
Rafael Doménech
Jan Eeckhout
Juan José Ganuza
Núria Mas
Marta Reynal-Querol
Virginia Sánchez Marcos
Presidente: Antonio Cabrales
Vicepresidenta: Amparo Urbano
Presidenta Saliente: Xavier Vives
Secretaria y Tesorera: Arantza Gorostiaga
Vocales:
Enriqueta Aragonès
Samuel Bentolila
Olympia Bover
Raquel Carrasco
Bruno Cassiman
Rafael Doménech
Juan José Ganuza
David Pérez-Castrillo
Marta Reynal-Querol
Presidente: Xavier Vives
Vicepresidenta: Antonio Cabrales
Presidenta Saliente: Albert Marcet
Secretaria y Tesorera: Sara de la Rica
Vocales:
Francisco Alcalá
Enriqueta Aragonès
Samuel Bentolila
Olympia Bover
Raquel Carrasco
Rafael Doménech
Javier Gardeazabal
David Pérez-Castrillo
Presidente: Albert Marcet
Vicepresidenta: Xavier Vives
Presidenta Saliente: Enrique Sentana
Secretaria y Tesorera: Sara de la Rica
Vocales:
Francisco Alcalá
Samuel Bentolila
Carmen Beviá
Olympia Bover
Antonio Cabrales
María Dolores Collado
Javier Gardeazabal
Omar Licandro
David Pérez-Castrillo
Presidente: Enrique Sentana
Vicepresidenta: Albert Marcet
Presidenta Saliente: Inés Macho-Stadler
Secretaria y Tesorera: Sara de la Rica
Vocales:
Carmen Beviá
Javier Andrés
Antonio Ciccone
María Dolores Collado
José Victor Ríos-Rull
Omar Licandro
Javier Gardeazabal
Francisco Alcalá
Antonio Cabrales
Presidente: Inés Macho-Stadler
Vicepresidenta: Enrique Sentana
Presidenta Saliente: Ramon Marimon
Secretaria y Tesorera: José Alcalde
Vocales:
Carmen Beviá
Angel de la Fuente
María Angeles de Frutos
Gabriel Pérez-Quirós
Javier Andrés
Antonio Ciccone
María Dolores Collado
José Victor Ríos-Rull
Omar Licandro
Presidente: Ramon Marimon
Vicepresidenta: Inés Macho-Stadler
Presidenta Saliente: Manuel Arellano
Secretaria y Tesorera: José Alcalde
Vocales:
José Manuel Campa
Angel de la Fuente
María Angeles de Frutos
Gabriel Pérez-Quirós
Javier Andrés
Antonio Ciccone
Vicente Salas
José Victor Ríos-Rull
Fernando Vega
Presidente: Manuel Arellano
Vicepresidenta: Ramon Marimon
Presidenta Saliente: Joan María Esteban
Secretaria y Tesorera: José Alcalde
Vocales:
José Manuel Campa
Angel de la Fuente
María Angeles de Frutos
Gabriel Pérez-Quirós
Juan Francisco Jimeno
Inés Macho-Stadler
Vicente Salas
Amparo Urbano
Fernando Vega
Presidente: Joan María Esteban
Vicepresidenta: Manuel Arellano
Presidenta Saliente: Juan José Dolado
Secretaria y Tesorera: José María da Rocha
Vocales:
José Manuel Campa
Ramon Caminal
José María da Rocha
Teresa Garcia-Milà
Juan Francisco Jimeno
Inés Macho-Stadler
Vicente Salas
Amparo Urbano
Fernando Vega
Presidente: Juan José Dolado
Vicepresidenta: Joan María Esteban
Presidenta Saliente: Carmen Herrero
Secretaria y Tesorera: Jordi Massó
Vocales:
Manuel Arellano
Ramon Caminal
José María da Rocha
Teresa Garcia-Milà
Juan Francisco Jimeno
Inés Macho-Stadler
Enrique Sentana
Amparo Urbano
Jordi Massó
Presidente: Carmen Herrero
Vicepresidenta: Juan José Dolado
Presidenta Saliente: Alfonso Novales
Secretaria y Tesorera: Jordi Massó
Vocales:
Manuel Arellano
Ramon Caminal
José María da Rocha
Teresa Garcia-Milà
Xavier Freixas
Carmen Matutes
Enrique Sentana
Andreu Mas-Colell
Jordi Massó
Presidente: Alfonso Novales
Vicepresidenta: Carmen Herrero
Presidenta Saliente: Andreu Mas-Colell
Secretaria y Tesorera: Jordi Caballé
Vocales:
Manuel Arellano
Jordi Caballé
Antoni Espasa
María Paz Espinosa
Xavier Freixas
Carmen Matutes
Enrique Sentana
Juan José Dolado
Jordi Massó
Presidente: Andreu Mas-Colell
Vicepresidenta: Alfonso Novales
Presidenta Saliente: Jordi Caballé
Vocales:
Salvador Barberà
Jordi Caballé
Antoni Espasa
María Paz Espinosa
Xavier Freixas
Carmen Matutes
Enrique Sentana
Juan Urrutia
Antonio Villar
Antonio Zabalza